¿Tienen derechos los perros?

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Cuando se ven casos de abandono o de maltrato hacia un perro, siempre surge la pregunta de si las mascotas tienen o no derechos. Y la verdad es que que los tienen y no solo para estos casos, sino que también para evitar que se hagan prácticas comunes como cortarles el rabo o las orejas.

Los derechos

En España no hay como tal una ley que recoja todos los derechos de las mascotas y, en concreto de los perros, porque estas competencias corresponden a las comunidades autónomas. No obstante, recientemente, sí se han tomado una serie de medidas desde el Gobierno de España para acabar con determinadas acciones, que son habituales que se practiquen, pero que podrían resultar dañinas para el perro.

La medida, aprobada en el Congreso, se centra en prohibir que se corte el rabo a los perros, incluso a los de caza, así como las orejas y o las cuerdas vocales. Con este paso, en España, se ratifica el Convenio Europeo de Protección Animal, que data de 1987 y en el que se recogían esta prohibición de amputaciones, siempre que no tengan un fin curativo. Además, el texto pone límites al uso de las mascotas en publicidad y en espectáculos.

A estas medidas se suman los casos recogidos en el Código Penal como el del maltratato a los animales, que está tipificado como un delito, que se paga incluso con penas de prisión.

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De hecho, el maltrato a cualquier animal que no viva en estado salvaje es castigado con una pena máxima de un año de prisión. Además, existen agravantes como el ensañamiento, que el acto se haga en presencia de un menor de edad o que el animal pierda algún órgano o miembro principal. Si fallece por el maltratato, la pena oscila entre los seis meses y los 18 de prisión. Esto lleva a que, en realidad, nadie ingrese en la cárcel por este delito, salvo que haya antecedentes.

El Código Penal también considera como delito el abandono y la explotación sexual del perro, así como otras acciones como la desnutrición o deshidratación de la mascota. Igualmente, se penan patadas, ahorcamientos o secuestros, entre otros actos.

Una declaración universal

Además de estas pautas, no hay que olvidarse de que existe la Declaración Universal de los Derechos Animales, que fue redactada en 1977 por la Liga Internacional de los Derechos del Animal y que, posteriormente, aprobó la ONU y la UNESCO. En ella se recogen derechos como que todo acto que suponga la muerte de un animal sin necesidad es un crimen contra la vida.

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