¿Te has planteado alguna vez que puede ocurrir con una mascota en caso de divorcio? En España cada año se divorcian más de 110.000 parejas, una situación que suele generar estrés y bastante polémica debido a que las partes implicadas deben llegar a un acuerdo sobre la custodia de hijos o el reparto de bienes materiales, incluidas las mascotas.
Según la legislación española, el perro es considerado como un patrimonio. De hecho, el artículo 333 del Código Civil denomina “cosas” a los perros.
Los animales son cosas que pueden ser objeto de apropiación y tienen la naturaleza de bienes muebles.
Las mascotas son cosas
Sin embargo, las mascotas no pueden dividirse en dos partes. Por eso, hay muchos jueces que se abstienen a decidir sobre la tenencia de un animal en el marco de un divorcio, aunque también hay otros que sí que han dictado sentencia.
Acuerdo amistoso
En caso de divorcio, las parejas tienen diferentes opciones respecto a sus mascotas. En primer lugar, pueden llegar a un acuerdo amistoso, a través del cual se decide con quién se queda el animal, aunque si éste era propiedad de uno de los miembros antes del matrimonio, será propiedad de quien lo adquirió y no habrá lugar a reclamaciones.
Acciones legales
Si no se llega a un acuerdo, es necesario emprender acciones legales. Si la propiedad del animal queda establecida para una de las partes, es posible que se deba indemnizar al otro conyugue por la pérdida de los derechos de custodia. Además, también existe la opción de la custodia compartida, teniendo en cuenta el tiempo de cada conyugue de atender al animal. En caso de que haya niños, lo mejor es que se llegue a un acuerdo para que los niños no sufran más todavía.
en caso de embargo me podrían embargar al gato?. eso es inhumano por dios mi pequeñin. díganme algo por favor. gracias
Buenas noches puede ser objeto de embargo un perro para responder por el impago de las rentas de alquiler que no han sido abonadas ?