Nuevo marco legal para tener mascotas

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La Ley de Bienestar Animal introduce algunos cambios en relación a las normativas establecidas hasta ahora o la ausencia de regulación en algunos aspectos relacionados con las mascotas. Entre las principales novedades legislativas están que los animales de compañía no podrán venderse en tiendas. Además, dejan de ser considerados como ‘cosas’. Pero aún hay mucho más.

El marco legal

La nueva Ley de Bienestar Animal incluye importantes novedades de cara a las mascotas. Entre las más relevantes están las prohibiciones de criar animales de compañía por parte de particulares, así como la venta de mascotas en las tiendas.

Otro punto importante es que se aboga por reconvertir los zoos en lugares de cría autóctona en cautividad. Y eso no es todo. La ley también recoge la creación de hasta seis registros estatales, que se corresponden con los animales de compañía, núcleos zoológicos, criadores, inhabilitados para pertenencia de animales, profesionales del comportamiento animal y de entidades de protección animal.

El objetivo es así poder tener un mayor control de los animales para lo que se ahonda en la coordinación con las 17 autonomías, así como de los datos, sobre todo, relacionados con la procedencia del animal y los sanitarios, entre otros. Con este paso se pretende a su vez evitar que los criadores no legales publiquen anuncios en plataformas de Internet para lo que, igualmente, se plantea un nuevo registro de criadores.

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La norma establece a su vez que los particulares no podrán tener más de cinco animales en su hogar, siendo necesario hacer el registro como núcleos zoológicos. La regulación también llega a quienes trabajan con los animales que también quedarán registrados y deberán estar formados.

La ley pone especial foco en evitar la venta de animales en tiendas con el fin de evitar la compra compulsiva, así como en dejar de considerarlos como objetos a todos los efectos legales en España como sucedía hasta ahora. De este modo, dejarán de ser bienes inmuebles susceptibles de formar parte de herencias, embargos o tratos de divorcio.

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